La empresa comenta que ha habido
varias denuncias al respecto de la no entrega, según convenio, del vestuario de
trabajo. La Inspectora
de Trabajo adjudicada a las mismas instó a las partes a llegar a un acuerdo que
se pudiera trasladar al ámbito general de toda la empresa, para evitar
denuncias recurrentes. La empresa propone ir entregando el vestuario a medida
que éste se deteriore y bajo petición de los trabajadores que se efectuaría de
forma estacional. Es decir, en los próximos dos meses se recabará información
en todos los centros de trabajo de la empresa para que los trabajadores pidan
el vestuario que necesiten de forma imprescindible por desgaste, rotura o
pérdida. De esta forma, se espera que las peticiones sean muy inferiores a las
que se necesitarían de hacerlo tal y como estipula actualmente el convenio, con
lo que sí podrían llevarse a cabo, a pesar de la situación económica que
afronta la empresa. En el caso de que aún así las peticiones sean superiores a
las previsiones de pedido, se iría entregando de forma prioritaria las
reposiciones por rotura o pérdida antes que las de desgaste. Es decir, aunque
se intentará que cada trabajador tenga dos polos para cambio, se priorizará el
que se tenga como mínimo uno, aunque eso pudiera suponer que algún día se
tuviera que ir a trabajar sin el uniforme reglamentario.
CCOO pregunta que si hay
trabajadores que hacen ahora peticiones de alguna prenda de invierno (dado el
clima actual) se les concederán dichas peticiones. La empresa contesta que no,
porque actualmente no hay stock de dichas prendas y, aunque se pidieran a la
empresa proveedora, no llegarían antes de Junio, fecha en la que ya no se
necesitarían. Habrá que aguantar unos meses y esperar al pedido de invierno del
próximo año para renovar dichas prendas.
La parte social se queja del
gramaje, calidad y conveniencia climática de las prendas que se entregan
actualmente, por ejemplo, pantalones de igual gramaje para invierno y verano,
que no protegen en invierno y dan mucho calor en verano. También de un nuevo
tipo de pantalones “desmontables” con los que pretenden cubrir las necesidades
de todo el año, cuando son sólo de verano y con bolsillos plásticos que dan
mucho calor y pueden producir irritaciones de piel o de la ineficacia de los
chubasqueros, que no cumplen su función.
La empresa pide las
especificaciones de los pantalones que se están entregando actualmente. La USO se queja que en esta
empresa es práctica habitual que los que se encargan de las compras de material
no son los que utilizan dicho material habitualmente, con las consabidas malas
elecciones al respecto, que se traducen en gastos inútiles y excesivos y stock
de material inadecuado.
UGT propone utilizar el mismo
artículo de vestuario del convenio, pero modificando que la entrega se hará por
deterioro o pérdida, en lugar tal y como está estipulado actualmente en
convenio.
La empresa hace entrega de las
cuentas comparativas a Febrero 2013, en las que se observan una caída de ventas
de casi el 20%, con una disminución de ingresos del 8’6%, que apenas se
compensa con la rebaja del 8’5% de los gastos y unos resultados negativos
similares a la del año 2012.
UGT y CCOO preguntan por la
posibilidad de nuevos clientes. La empresa contesta que las renegociaciones de
clientes están en curso, tanto con actuales
como con nuevos y antiguos.
La empresa comenta que ha habido
retrasos en el pago de la Seguridad Social
en los meses de Noviembre y Diciembre debido a la obligación de pago de la
primera mitad de la paga extraordinaria de Diciembre. A pesar de que Diciembre
se pudo regularizar en Febrero, se está negociando un aplazamiento del mes de
Noviembre. Es la peor situación de Tesorería vivida por la empresa hasta la
fecha.
Así lo expuesto, la segunda mitad
de la paga extra no se podrá abonar de forma anticipada con la nómina de Marzo,
y se abonará, tal y cómo se acordó, con la nómina de Abril.
Receso a las 13:50 hasta las
14:55
Así, en referencia a lo
estipulado en el artículo 27 del III Convenio de Unipost, UGT, CCOO y USO
acuerdan que:
Las renovaciones del vestuario según
el artículo 27, se realizarán por sustitución de aquellas prendas contempladas
en el mencionado artículo, por deterioro o pérdida de las mismas. Para ello la
empresa recabará información de las necesidades de vestuario de los
trabajadores, a través de los responsables de cada centro. Dicho acuerdo tendrá
vigencia hasta el 31-12-2013.
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